Dación en pago: cómo saldar deudas en tiempos de crisis económica

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En épocas de crisis económica, una de las principales preocupaciones de quienes cuentan con un amplio patrimonio es la gestión de sus deudas. En situaciones donde la liquidez escasea, la dación en pago surge como una solución eficaz para saldar deudas. Esta herramienta permite a los propietarios transferir un bien inmueble a su acreedor, generalmente un banco, para cancelar una deuda pendiente. En este artículo, te explicamos en qué consiste la dación en pago y cómo puede ser una alternativa viable en momentos de dificultad económica.

¿Qué es la dación en pago?

Según el Banco de España, la dación en pago es la entrega de un bien inmueble a la entidad bancaria para cancelar una deuda hipotecaria pendiente. Este mecanismo es particularmente útil para las personas que no disponen de liquidez suficiente, permitiéndoles transferir la propiedad de un inmueble para liquidar su deuda sin tener que enfrentarse a una ejecución hipotecaria.

Es más común en casos de viviendas particulares, donde el deudor transfiere su casa hipotecada al banco, eliminando así su deuda y ganando un respiro financiero. Sin embargo, también puede darse en el ámbito empresarial, cuando una empresa no puede hacer frente a sus obligaciones financieras a corto y medio plazo.

Proceso de dación en pago

El proceso de dación en pago sigue una serie de pasos clave:

  1. Solicitud y evaluación: El primer paso es contactar con la entidad bancaria para exponer la situación financiera y solicitar la dación en pago. El banco evaluará si esta es la mejor opción y, en algunos casos, podría ofrecer alternativas como la reestructuración de la deuda o la venta del inmueble.

  2. Valoración del inmueble: Si el banco acepta considerar la dación en pago, procederá a realizar una valoración del inmueble para garantizar que su valor cubre la deuda pendiente. Este análisis toma en cuenta la tasación realizada en el momento de la concesión de la hipoteca y la nueva valoración actual.

  3. Aceptación y formalización: Una vez que ambas partes llegan a un acuerdo, la dación en pago se formaliza mediante la firma de una escritura ante notario. En este momento, la propiedad del inmueble pasa al banco, y el deudor queda liberado de su deuda hipotecaria.

Es importante tener en cuenta que el banco se hace cargo de la mayor parte de los gastos administrativos, aunque el deudor deberá pagar el IBI correspondiente al periodo hasta la cesión y, en algunos casos, la plusvalía municipal.

Circunstancias que permiten la dación en pago

Este mecanismo está regulado y solo puede aplicarse en determinadas circunstancias. Los requisitos incluyen:

  • Que la renta familiar del deudor no supere tres veces el IPREM (Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples).
  • Que la familia haya experimentado un cambio drástico en su situación económica o esté en situación de vulnerabilidad (familia numerosa, monoparental, con menores de edad o con personas con discapacidad).
  • Que la cuota hipotecaria supere el 50% de los ingresos familiares.

Asimismo, la vivienda debe cumplir ciertos requisitos de valor, que varían en función del tamaño de la localidad. Por ejemplo, en ciudades de más de un millón de habitantes, el valor máximo del inmueble debe ser de 200.000 euros, mientras que en localidades de menos de 100.000 habitantes, el límite se sitúa en 120.000 euros.

Alternativas a la dación en pago

Antes de optar por la dación en pago, es recomendable explorar otras alternativas que podrían permitirte mantener la propiedad de tu vivienda:

  • Reestructuración de la deuda hipotecaria: El banco podría ofrecer ajustar los pagos a la capacidad financiera actual del deudor, permitiendo así una solución a largo plazo.
  • Venta consensuada: En algunos casos, la entidad bancaria permite al deudor vender el inmueble para saldar la deuda. Si la venta no cubre el total de la deuda, es posible que el banco acepte una quita.

Consideraciones legales y fiscales

La dación en pago se encuentra regulada por diversas normativas, entre ellas el Código Civil y el Real Decreto Ley 19/2022, que establece ciertas condiciones para su aplicación. Uno de los aspectos clave es el artículo 1116 del Código Civil, que señala que el deudor no puede obligar al acreedor a aceptar un bien distinto al acordado a menos que ambas partes lleguen a un acuerdo.

Desde el punto de vista fiscal, es importante tener en cuenta que, si la dación en pago se realiza con una vivienda habitual, el deudor puede estar exento de pagar la plusvalía municipal o el IRPF en caso de ganancia patrimonial.


En resumen, la dación en pago puede ser una herramienta valiosa en tiempos de crisis económica, pero debe gestionarse cuidadosamente con el asesoramiento adecuado. En Adaix Lucena te ofrecemos un equipo de expertos para ayudarte a tomar las mejores decisiones en la gestión de tus bienes inmobiliarios y hacer frente a cualquier situación financiera de forma eficiente.

Preguntas frecuentes

¿Puedo recurrir a la dación en pago si tengo otras propiedades?
No, uno de los requisitos para acceder a la dación en pago es que el inmueble afectado sea tu vivienda habitual y que no dispongas de otras propiedades.

¿El banco está obligado a aceptar una dación en pago?
No, la dación en pago solo puede realizarse si ambas partes, deudor y acreedor, llegan a un acuerdo.

¿Qué ocurre si la deuda es mayor que el valor del inmueble?
En la mayoría de los casos, si el valor de la vivienda no cubre el total de la deuda, el banco puede exigir la diferencia o plantear otras alternativas.

Preguntas Frecuentes :

1. ¿Qué es la dación en pago?

La dación en pago consiste en entregar un inmueble al banco a cambio de la cancelación total de una deuda hipotecaria. Es una opción cuando no se puede hacer frente a los pagos de la hipoteca.

2. ¿Quién puede acogerse a la dación en pago?

Personas en el umbral de exclusión, que hayan sufrido un cambio económico drástico en los últimos años y que no posean otros bienes que puedan saldar la deuda, entre otros requisitos.

3. ¿Cuáles son las alternativas a la dación en pago?

Entre las alternativas destacan la reestructuración de la deuda hipotecaria, la venta consensuada del inmueble y otros ajustes ofrecidos por la entidad bancaria.

4. ¿Qué impuestos debo pagar tras una dación en pago?

Si la vivienda es tu residencia habitual, estarás exento del pago de la plusvalía municipal y del IRPF por la ganancia, si se diera el caso. Además, deberás pagar el IBI por el periodo transcurrido hasta la cesión de la vivienda.

5. ¿Qué sucede con mi deuda si se acepta la dación en pago?

La deuda queda totalmente cancelada tras la cesión del inmueble. Sin embargo, es necesario formalizar este acuerdo ante notario y cumplir con los requisitos establecidos por la entidad bancaria.

6. ¿Es necesario abandonar el inmueble tras la dación en pago?

Sí, una vez formalizada la dación en pago, el inmueble pasa a ser propiedad del banco y deberás abandonarlo en el plazo que se haya acordado con la entidad.

7. ¿Es posible que el banco rechace la dación en pago?

Sí, el banco tiene la opción de rechazar la dación en pago si considera que no es viable o si existen otras soluciones financieras que se adapten mejor a tu situación.

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